Sentencia Constitucionalidad Plurinacional 0036/2013
Fecha: 04-Ene-2013
II.2.
II.2. En cuanto a la inconstitucionalidad por la forma, como se expresó en el fundamento precedente, el análisis efectuado en la SCP 0036/2013 corresponde a derecho y responde al contenido de la Norma Suprema; empero, declarada así la inconstitucionalidad correspondía que por previsión y a efectos de no generar vacíos jurídicos no requeridos en el ordenamiento jurídico que incluso podrían derivar en desmedro de derechos fundamentales de terceros, el fallo constitucional declare la inconstitucionalidad del DS 12097 pero con efecto diferido de un año, a objeto de que la Asamblea Legislativa Plurinacional eleve a rango de Ley la norma cuestionada, o en su caso, en cumplimiento de sus atribuciones y facultades constitucionales, emita una Ley que regule los aspectos citados respondiendo a la nueva visión y estructura del Estado Plurinacional.