Juristeca
Juristeca País
    1186/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    1186/2013-L

    Fecha: 04-Oct-2013

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • deniega
    • 11.1.
    • 'La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos
    • 11.2.
    • otra a su nombre con poder suficiente,

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca