11.2.
Revisados los antecedentes adjuntos al expediente de la presente acción de amparo constitucional, se tiene que Wilder Ysijara Hurtado mediante Testimonio de poder notarial 575/2010, interpuso la presente acción en representación de Lorgio Fleig Arias, Karen Fleig de Luna, Stefan, Erik y Henry Fleig Balbao; por cuanto, el inmueble ubicado en la UV 78, manzana 24, lote 2, mismo que se encuentra en trámite de declaratoria de herederos por ellos, fue avasallado por
- deniega
- 11.1.
- 'La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos
- 11.2.
- otra a su nombre con poder suficiente,
