Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0404/2013-CA
Fecha: 10-Oct-2013
a)
a) La recurrente, consignó su nombre, apellido y generales de ley, acreditando ser Presidenta de la ANDINACEP, persona jurídica supuestamente afectada por la Ordenanza Municipal impugnada (fs. 59), gozando por lo tanto de legitimación activa para interponer el presente recurso, conforme lo previsto por el art. 135 del CPCo.