AUTO CONSTITUCIONAL 0425/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0425/2013-CA

Fecha: 28-Oct-2013

rechazó

Por RA 29-00080-13 de 8 de octubre de 2013, cursante de fs. 77 a 83, el Director Ejecutivo de la AJ, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta fundamentando que, la Ley de Juegos de Lotería y de Azar otorga atribuciones para emitir autorizaciones y/o licencias de operaciones, realizar actos de fiscalización, control, y conforme ello sancionar, salas de juego sin la respectiva licencia de operaciones, por lo que despliegan  actividades en cumplimiento a las facultades conferidas.

Que, el accionante no demostró que de la normativa supuestamente inconstitucional, dependa de alguna manera la decisión del proceso administrativo dentro del cual interpuso el incidente de inconstitucionalidad concreta; además, de señalar de manera general las Resoluciones Regulatorias impugnadas, ni de qué forma los artículos constitucionales que considera lesionados tienen relación con la condición de pago de una multa o sanción impuesta y que la Resolución Regulatoria 01-0007-11, ya no se encuentra en vigencia.

Que, la SCP 0491/2013 de 12 de abril, declaró la improcedencia de las acciones concretas de inconstitucionalidad respecto al apartado II, art. 1 de la Resolución Regulatoria 01-00012-11 y la constitucionalidad de los arts. 11, 12, 13 y 14 de la 01-00005-11; asimismo, la SCP 0003/2013 de 3 de enero, la constitucionalidad del art. 28.I.2, siendo vinculantes al presente caso.