Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
TITUCIONAL PLURINACIONAL 1201/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución 36/2012 de 23 de noviembre, cursante de fs. 81 y vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. La teoría del hecho superado y su diseño jurisprudencial
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR