AUTO CONSTITUCIONAL 0270/2013-RCA
Fecha: 28-Nov-2013
improcedencia
La Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Resolución 53/2013 de 15 de octubre, cursante de fs. 107 a 108 vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: a) El demandante a tiempo de interponer el recurso jerárquico, denunció como actos vulneratorios el “Acta de Intervención de 27 de diciembre de 2011” y la “Resolución Sancionatoria en Contrabando de 26 de junio de 2012”; sin embargo en la presente acción señala que, el Acta de Intervención Contravencional AN-GRURU-UFIOR-C-08/2011 de 27 de diciembre, resulta siendo nula de pleno derecho, en la forma y en el fondo, porque incumple los requisitos esenciales previstos por ley, aspectos que no fueron denunciados en la vía administrativa; y, b) La determinación dispuesta por la Administración Interior Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia, conforme se tiene de la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-GRORU-ORUOI-SPCCR-1316/2012, ya fue ejecutada; por lo que, cesaron los efectos del acto reclamado.