AUTO CONSTITUCIONAL 0436/2013-CA
Fecha: 01-Nov-2013
es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental.
Del análisis de esta acción, se advierte que no existe una debida fundamentación jurídico constitucional en la que se especifique y exponga una duda razonable con relación a la constitucionalidad de las Resoluciones impugnadas. Al respecto la SCP 0078/2013 de 14 de enero, determinó que: “…a efectos de ejercer el control de constitucionalidad en la acción de inconstitucionalidad en lo concreto, al igual que en la acción abstracta, es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental. En ese sentido, el art. 24.I.4 de la Ley 254, relativo a los requisitos en las acciones de inconstitucionalidad, conflictos de competencias, consultas y recursos (normas comunes)…”. Se evidenció que, el accionante se limitó a señalar de manera genérica las Resoluciones cuestionadas de constitucionalidad, sin individualizar los artículos que su criterio contradicen el texto constitucional y menos fundamentó en qué medida incurren en vulneración de derechos y garantías constitucionales, por lo que no cumplió con el art. 24.4 del CPCo, ingresando en las causales de rechazo conforme el art. 27.II inc. c) del mismo cuerpo legal, al carecer de fundamento jurídico constitucional que justifique una decisión de fondo.
- Ministro de Económica y Finanzas Publicas
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental.
- RATIFICAR