SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2098/2013
Fecha: 18-Nov-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante Sentencia 001/2004 de 3 de febrero, el Tribunal en el Caso de Corte del entonces Distrito Judicial de La Paz, lo condenó a la pena privativa de libertad de dos años, a ser cumplida en el Recinto Penitenciario de San Pedro de La Paz, misma que fue confirmada por Resolución 07/2013 de 16 de abril, pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Indica que, ante la dilación de su trámite, el 31 de julio de 2013, en aplicación de la “SC 0314/2011-R”, solicitó un pronunciamiento sobre el pedido de perdón judicial y que se deje sin efecto el mandamiento de condena de 19 de julio de 2013, ya que según la jurisprudencia constitucional referida, el mandamiento de condena se encontraría suspendido.
Señala que, el 2 de agosto de 2013, en inmediaciones de la calle Potosí esquina Yanacocha de La Paz, fue capturado por el funcionario policial, Elio Pacheco Colque, el cual en ejecución del mandamiento de condena de 19 de julio de 2013, lo condujo al penal de San Pedro, privándolo indebidamente de su derecho a la libertad sin considerar que había realizado el trámite de solicitud de perdón judicial y que hasta que el mismo fuera resuelto, no podía ejecutarse dicho mandamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”
- III.2. De las atribuciones de la Policía Boliviana
- III.3.
- III.3.1.
- III.3.2.
- CONFIRMAR en todo