Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2220/2013
Fecha: 16-Dic-2013
denegó
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución de 14 de agosto de 2013, cursante de fs. 69 a 72, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que habiendo sido sometido a control jurisdiccional el proceso penal contra el accionante, éste debió acudir ante el Juez cautelar reclamando la presunta privación de libertad ahora denunciada, conforme a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, por lo que debió haberse agotado previamente los medios de defensa y mecanismos de impugnación ordinarios, antes de acudir a la justicia constitucional por esta vía.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad exige que arbitrariedades cometidas por funcionarios policiales o por autoridad fiscal deben denunciarse ante juez cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR