Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2220/2013
Fecha: 16-Dic-2013
I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario demandados
Faridy Arnez Arze, Fiscal de Materia, en audiencia informó que ante la denuncia formalizada por varias personas contra el accionante por la presunta comisión del delito de estafa, existiendo víctimas múltiples. El funcionario policial dispuso el arresto del denunciado y antes de las ocho horas notificó al accionante con la Resolución fundamentada que emitió y en la cual se ordenó su aprehensión, se tomó su declaración asistido de su abogado defensor, se informó el inicio de investigaciones, presentándose imputación formal y solicitud de medidas cautelares ante el Juez de Instrucción en lo Penal de turno, dentro de las veinticuatro horas previstas por Ley.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad exige que arbitrariedades cometidas por funcionarios policiales o por autoridad fiscal deben denunciarse ante juez cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR