AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2013-CA
Fecha: 01-Feb-2013
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
Por memorial presentado el 28 de diciembre de 2012, cursante de fs. 42 a 50, la accionante dentro de un procedimiento sancionatorio seguido en su contra, por la AJ, a tiempo de interponer recurso de revocatoria contra la Resolución Sancionatoria 10-00153-12 de 29 de noviembre de 2012 (fs. 27 a 36), interpuso acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que la obligación de pago de una multa como requisito previo a la admisión de un recurso de revocatoria, vulnera la garantía constitucional del debido proceso en su vertiente del derecho a la doble instancia; también, se encuentra reconocido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos conforme dispone el art. 13.IV de la CPE; es decir, forma parte del bloque de constitucionalidad.
Argumenta que, el hecho de imponer una doble sanción como el decomiso definitivo y multa de 5 000.- UFVs (cinco mil unidades de fomento a la vivienda), por máquina o medio de juego por un mismo hecho, contraviene el principio de “non bis in idem”; asimismo, se encuentra reconocido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Mario Cazón Morales,
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- rechazó
- II.1. Normas Administrativas y jurídica impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3 Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- i)
- iii)
- 2
- 3º