AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2013-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2013-ECA

Fecha: 07-Feb-2013

I.1.

I.1.La enmienda estipulada en el art. 13 del Código de Procedimientos Constitucionales (CPCo), ha sido instituida como un medio que tienen tanto el accionante como el demandado, para pedir que el Tribunal Constitucional Plurinacional corrija errores materiales. Asimismo, en base a las mismas normas este Tribunal también tiene esa facultad para corregir de oficio dichos errores para el caso de constatarlos en forma posterior a la emisión del fallo, lo que significa, que no es un medio para que se cambie la decisión en el fondo.