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    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2013-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2013-CA

    Fecha: 01-Feb-2013

    II.2.  Marco normativo constitucional y legal

    Al respecto, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que, la acción de inconstitucionalidad concreta, procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
    • Fragmento 3
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3. R
    • Promovida la acción o no, la autoridad deberá remitir al Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.4.
    • DEVOLUCIÓN

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