AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2013-CA

Fecha: 21-Feb-2013

II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto

En el presente caso, consta que el accionante formuló acción de inconstitucionalidad concreta contra el art. 392 del CPP modificado por Ley 007, por considerar que presuntamente vulnera los arts. 13.I, II, III y IV; 14.I, II, III y IV; 46.I y II; 115.II; 116.I; 117.I y 410.I.II de la CPE; 7, 10, 11.1 y 23.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Cotejados los antecedentes, el accionante sustenta la presente acción de inconstitucionalidad concreta en una injusta investigación de tipo penal, en la cual la norma penal denunciada como inconstitucional no tendrá incidencia alguna, menos directa en la decisión del mismo, por lo que el incidente planteado no se enmarca dentro de lo establecido e el art. 73.2 del CPCo, incurriendo así en improcedencia de la acción.

Por otra parte el accionante manifiesta que, se vulneran derechos, principios, deberes, garantías y valores; sin embargo, no especifica cuáles son aquellos y la forma en la que se los vulnera; asimismo, refiere normas del bloque de constitucionalidad, pero tampoco describe cómo considera que son vulneradas por el precepto legal que impugna, siendo que en la  presente acción, este Tribunal advierte la carencia de fundamentos jurídicos constitucionales que justifiquen una decisión de fondo.