AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2013-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2013-ECA

Fecha: 08-Feb-2013

II.2.  Análisis del contenido de la petición de aclaración, enmienda y complementación

Previo al análisis de fondo de la solicitud, se aclara que la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, no es aplicable al presente caso, toda vez que, en las causas en liquidación, conforme lo determina la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, se aplica la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional de 1 de abril de 1998, por lo tanto el art. 45 referido en el memorial de solicitud no concierne ser utilizado; asimismo, si bien es evidente que a partir de la vigencia del Código Procesal Constitucional…., se aplica a las causas en liquidación; sin embargo, por Acuerdo Jurisdiccional se determinó que dicha aplicación corresponde a partir del sorteo de 6 de agosto de 2012, en el presente caso la causa fue sorteada el 1 de agosto del mismo año, por lo tanto, no corresponde la aplicación del Código Procesal Constitucional.