Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.2.
II.2. El 15 de octubre de 2012, el Juez Quinto de Partido en lo Penal y de Sustancias Controladas, Liquidador y de Sentencia de Cochabamba, rechazó in límine la recusación planteada por las ahora accionantes, disponiendo la prosecución de la causa, sin perjuicio de remitirse antecedentes a la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental de Justicia a cargo de los recusantes en el plazo de veinticuatro horas (fs. 20 a 21).