AUTO CONSTITUCIONAL 0129/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0129/2013-CA

Fecha: 11-Abr-2013

I.1. Síntesis de la solicitud de la parte

Por memorial presentado el 6 de julio de 2010, cursante de fs. 107 a 112, presentado ante la Inspectoría Departamental del Trabajo de Santa Cruz, el accionante Iván Lima Magne, en representación legal de la Empresa BG Bolivia Corporation Sucursal Bolivia, dentro el proceso de reincorporación seguido por Karen Marlene Turner Hamel, demanda la inconstitucionalidad del art. 10 del DS 28966 de 1 de mayo de 2006 y el artículo único del DS 495 de 1 de marzo de 2010, por presuntamente vulnerar el derecho a la “seguridad jurídica” y los principios de legalidad y reserva legal, previstos en los arts. 12, 115, 119, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).

Indica que Karen Turner Hamel, interpuso una solicitud de reincorporación en virtud del artículo impugnado, referido al derecho a preservar la estabilidad laboral, sin que éste necesariamente restrinja al empleador, despedir a un empleado que no cumple con su contrato de trabajo, vulnerando así el principio de legalidad, pues al tratarse de un Decreto Supremo emitido por el “Poder Ejecutivo” y no así de una Ley, conforme manda la Constitución Política del Estado, y tal como ha establecido la Corte Suprema de Justicia, en tanto no se emitan leyes reglamentarias y la normativa inferior, los procesos administrativos deben referirse y aplicar las leyes que no sean contrarias a la nueva Constitución Política del Estado.