AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2013-CA

Fecha: 30-Abr-2013

rechazó

Por RA 29-00049-13 de 3 de abril de 2013, cursante de fs. 116 a 123, la AJ, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta con los siguientes fundamentos: 1) La Ley 060, tiene por objeto establecer la legislación básica de los juegos de lotería y de azar, desarrollando un régimen sancionador para todas aquéllas personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones de la misma; 2) Aplica y ejecuta las sanciones por las infracciones por mandato de la ley, velando por el debido proceso, legalidad, tipicidad, presunción de inocencia y proporcionalidad; 3) Dentro de la acción en estudio, se tiene que el accionante no cita de forma adecuada la disposición que pretende se declarare inconstitucional, equivocándose de forma total en la cita del ordenamiento legal, incumpliendo el art. 24 del CPCo; 4) La norma impugnada, no será aplicada en la resolución del proceso; 5) El Tribunal Constitucional Plurinacional por SCP 0003/2013, declaró la constitucionalidad del art. 28.I.2 de la Ley 060; 6) Las resoluciones o sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional Plurinacional obligan a las autoridades, funcionarios públicos en general y a las personas particulares a cumplirlas, de manera que son obligatorias e inexcusables; 7) Cuando una norma legal fue sometida a un examen de constitucionalidad que concluyó con una Sentencia Constitucional, existe cosa juzgada y ese precepto normativo ya no puede ser sometido a un nuevo test; y, 8) La jurisprudencia constitucional, se constituye en una fuente directa del Derecho, por lo mismo es vinculante y de cumplimiento obligatorio.