AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2013-RCA

Fecha: 09-May-2013

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Alegó que, el referido Auto Supremo, lesionó los derechos a la defensa, al debido proceso, a la tutela judicial y al principio de seguridad jurídica, previstos en los arts. 23.I y 56 de la Constitución Política del Estado (CPE), siendo que               los accionados desconocieron el contenido del Poder 469/2007, donde expresaba que el accionante puede presentar “Demanda de recurso contra cualquier Juez de Cualquier Vocal de cualquier Sala sin importar la Materia”, lo que implica que se encontraba facultado a interponer el recurso de casación; a su vez, no consideraron la doctrina legal y jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, como los Autos Supremos 54 de 4 de agosto de 2009, 42 de 9 de febrero de 2011, 18 de 20 de septiembre de 2004 y 444 de 4 de noviembre de 2010, referidos a la comprensión de los “alcances” de los actos necesarios conducentes al cumplimiento del mandato y la finalidad del recurso de casación; por lo que pidió se dicte nuevo Auto Supremo.