Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2013-RCA
Fecha: 29-May-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 12/2013 de 18 de abril, cursante de fs. 12 a 13 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Freddy Mejía Añez contra Juan Acosta Callau, Hernán Chávez Aguilera, Kitty Vania Sotto Guzmán, María Elena Suárez, Wilman Parada Cholima, Rosmery Silaipi Balcazar, Antonio Cusere Calaje y Huáscar Hugo Zabala Avaroma, miembros de la Central Obrera Departamental (COD) de Beni.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- “rechazó”
- II.1. Marco normativo y constitucional
- el derecho de petición no es únicamente exigible a funcionarios o autoridades públicas, sino también frente a un ente privado o particular o ante una autoridad u organización que aglutina a determinado grupo social