AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2013-CA
Fecha: 08-May-2013
I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
Por memorial presentado el 1 de marzo de 2013, cursante de fs. 1 a 11, Saulo Cristian Camacho Jorge, interpuso acción de inconstitucionalidad concreta dentro del proceso penal seguido en su contra por José Luis Jorge Gonzales por el presunto delito de violación, argumentado que el proceso penal fue asignado a Jacqueline Bustillos, Fiscal de Materia y radicado en el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal Cautelar de la Departamental de La Paz.
Indica que, el 12 de agosto de 2010, en circunstancias en la que la Fiscal asignada al caso se hallaba recusada, emitió imputación formal y posteriormente acusación por el delito de violación, y que a momento de llevarse a cabo la audiencia conclusiva el accionante presentó excepción de prescripción, falta de acción e incidente de actividad defectuosa absoluta por falta de fundamentación en la imputación, la misma que fue dictada cuando la autoridad fiscal se encontraba recusada. En fecha 18 de febrero de 2013, el Ministerio Público así como el querellante respondieron a la excepción de prescripción, basando su respuesta en el art. 14 de la Ley 2033 (Ley de Protección a las Víctimas contra la Libertad Sexual), cuando en audiencia conclusiva para el rechazo de la prescripción de la acción se pretende la aplicación inconstitucional del art. 14 de la indicada Ley, que establece modificaciones a los arts. 101 y 102 de la Ley 1970 de 31 de mayo de 1999 (sic.), disponiendo condiciones más favorables del cómputo de plazos de la prescripción.