AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2013-CA

Fecha: 08-May-2013

I.2. Respuesta a la solicitud

El 12 de marzo de 2013, por escrito cursante de fs. 15 a 28, José Luis Jorge Gonzales, respondió a la acción de inconstitucionalidad concreta argumentando, que el accionante no fundamenta, ni expone el nexo de causalidad en cuanto a la ley a aplicarse, en el uso del recurso de inconstitucionalidad concreta, cuando los fundamentos expuestos son confusos e inentendibles, se limitan a identificar que derecho constitucional ha sido lesionado, sin motivar en forma clara su petición y menos tener un respaldo jurisprudencial, solicitando se rechace la acción de inconstitucionalidad concreta presentada por el accionante.

A su vez la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Distrito 7 de la Sub alcaldía de Cotahuma del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, presento memorial el 15 de marzo de 2013, cursante de fs. 29 a 30 vta., señalando que la presentación de la acción de inconstitucionalidad concreta, es una más de las estrategias de la defensa con el fin de obstaculizar el desarrollo natural del proceso, interponiendo todo tipo de excepciones, incidentes o faltarse a audiencias por cualquier motivo con el propósito de lograr que la acción se extinga o prescriba; por último indica que, la norma impugnada contiene una estricta relación con la Constitución Política del Estado y los Tratados y Convenios Internacionales.