IMPROCEDENTE
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en sujeción de los arts. 13.I y 55.II del CPCo, y conforme a los argumentos expuestos declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaración enmienda y complementación formulada por Daniela Alejandra Da Costa Cabrera en representación de Cecilia Zamira Nacif Suárez.
