Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con la SCP 0365/2013-L de 23 de mayo; en base a los siguientes fundamentos:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con la SCP 0365/2013-L de 23 de mayo; en base a los siguientes fundamentos:

Fecha: 23-May-2013

CONCLUSIÓN DEL CASO EN ANÁLISIS, Y APLICACIÓN DEL FUNDAMENTO JURÍDICO DE MEDIDAS DE HECHO AL CASO CONCRETO

Asimismo, conforme a los antecedentes que cursan en obrados, se establece que las medidas de hecho ejercidas sobre el predio en cuestión, se hallan acreditadas por el Informe de intervención policial de 26 de julio de 2011, emitido por Edgar Flores Zuleta, Comisario de Conciliación Ciudadana, quien los días 20 y 31 de mayo de 2011 verifico en el lugar, o sea en el lote avasallado, la ilegitima ocupación del mismo por parte de los avasalladores, tal cual consta en el antecedente n.sdel presente voto.

En consecuencia, de los antecedentes objetivos antes indicados, se establece que la accionante cumplió con los dos presupuestos establecidos por la SCP 998/2012 de S de septiembre, toda vez que por un lado, acreditó la existencia de actos o medidas asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y asimismo demostró plenamente su titularidad sobre el bien, en relación al cual se ejerció vías de hecho, derecho propietario sobre el cual no se aprecia que los avasalladores hayan demostrado a su favor derecho controvertido en el ámbito legal, donde ellos resulten ser los titulares.