SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2013-L
Fecha: 27-May-2013
denegó
El Juez Segundo de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 14/2011 de 30 de agosto, cursante de fs. 37 a 38 vta., por la que denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Cuando la vida de una persona está en peligro, es ilegalmente perseguida o es indebidamente procesada o privada de su libertad personal, podrá interponer acción de libertad; b) En el presente caso existió una denuncia de Javier Campero Rodríguez y otros en contra de la accionante por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica y falsificación de documento, por la cual se dispuso su aprehensión; c) Se verificó la comunicación de inicio de investigaciones al Juez cautelar de turno de El Alto; d) La accionante no realizó ningún reclamo a esa autoridad respecto a su supuesta ilegal aprehensión, antes de interponer la presente acción tutelar; y, e) El art. 54 del CPP, faculta al Juez cautelar realizar el control del proceso investigativo, para garantizar el respeto de derechos y garantías de las partes, por lo que, en el presente caso, la accionante debió formular sus reclamos a ese juzgador, en consecuencia, al no haber agotado ésta instancia, corresponde denegar la tutela solicitada, más aún si se toma en cuenta que la accionante se encuentra en libertad.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1
- I.2.1
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2. Carácter excepcional de aplicación del principio de subsidiaridad de la acción de libertad.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR