SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2013

Fecha: 31-May-2013

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Janeth Fernanda Quiroga Aparicio, Jueza Primera de Partido de Trabajo y Seguridad Social del departamento de Cochabamba, informó que dentro del proceso de beneficios sociales, en ejecución de sentencia, por Auto de 20 de septiembre de 2012, se conminó a la empresa demandada SOFTWARE ANDINA BOLIVIA S.R.L., para que por medio de su representante legal Ana Lorena Aliaga Claros, cancele dentro de tercero día la suma de Bs338 875,03.- (trescientos treinta y ocho mil ochocientos setenta y cinco 03/100 bolivianos), a lo cual la ahora accionante efectuó un depósito judicial.

Por Auto de 28 de septiembre de 2012, se conminó nuevamente a la empresa la cancelación de los beneficios sociales, con el advertido que en caso de incumplimiento se extendería contra sus representantes legales el correspondiente mandamiento de apremio; dicha Resolución fue apelada y se encuentra ante la Sala Social y Administrativa. Por el incumplimiento de la conminatoria, a través de Auto de 25 de octubre del mismo año, se ordenó la extensión del mandamiento de apremio contra la accionante. No existe antecedente alguno por el cual se haya dispuesto la suspensión de la extensión del mandamiento; y si por el recargado movimiento de causas, no se ha resuelto el recurso de reposición, la demandada estaba en la obligación de requerir la misma de manera oportuna; además, argumenta que si fuere error formal procedería ese recurso, sino el de apelación (fs. 30 a 31 vta.).