AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2013-RCA

Fecha: 10-Jun-2013

II.1.  Marco normativo constitucional y legal

 Por su parte, el art. 129.I y II de la Ley Fundamental, dispone que esta acción será interpuesta por la persona que se crea afectada o por otra a su nombre, con poder suficiente, “…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.