Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2013-RCA
Fecha: 28-Jun-2013
improcedente in limine
La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 112/2013 de 30 de abril, cursante de fs. 24 a 25 vta., declaró improcedente in limine la acción de amparo constitucional, fundamentando que una de las características propias de la acción es la subsidiariedad, evidenciándose que los accionantes no hicieron uso de todos los recursos que les franquea la ley, pues no demostraron documentalmente que éstos fueron agotados.