AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2013-CA

Fecha: 11-Jun-2013

1)

Corrido en traslado mediante proveído 12-00555-13 de 2 de mayo de 2013        (fs. 49), el “PROF III” del Departamento de Gestión Jurídica de la AJ, mediante memorial de 7 del mismo mes y año (fs. 51 a 57), respondió con los siguientes argumentos: 1) Con relación al art. 28.I.2 de la Ley 060, impugnado por el accionante, el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante SCP 0003/2013 de 3 de enero, resolvió declarar la constitucionalidad de la referida norma; y, 2) La accionante no observó lo dispuesto en el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), al no haber expresado los motivos de la inconstitucionalidad alegada y la relevancia que tendría ésta en la decisión del proceso, pidiendo sea rechazada la acción de inconstitucionalidad concreta. 

        REVOCAR en parte la RA 29-00054-13 de 8 de mayo de 2013, cursante de fs. 90 a 105, pronunciada por el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego; RATIFICAR, aunque con otros fundamentos el rechazo de la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta contra los arts. “28.II” (siendo lo correcto art. 28.I.2) de la Ley 060 y 11, 12, 13 y 14 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11.