SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Es propietario de un predio rústico denominado La Colita, con una superficie de 3890 ha, ubicado en el Kilómetro 80 al lado este de la carretera San José San Ignacio del departamento de Santa Cruz, predio que lo adquirió mediante escritura de adjudicación judicial, otorgada por el Juez Segundo de Partido Civil y Comercial del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, el 23 de octubre de 2008, que fue protocolizada mediante instrumento público 0961/2008 de 10 de noviembre, ante la Notaria de Fe Pública de Primera Clase 68; derecho propietario que se encuentra inscrito en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 7.05.1.02.0000821, asiento 3 de 19 de noviembre del referido año, el mismo que tiene como antecedente de dominio, el expediente agrario 31154, Resolución Suprema (RS) 175675 de 5 de febrero de 1975 y título ejecutorial de 25 de agosto del mismo año, del cual se encontraba en posesión quieta, pacífica y pública desarrollando la actividad ganadera, para lo cual sembró 400 ha de pasto de la variedad tanzania, cuando éste alcanzó su maduración total, realizó el traslado de trescientas cabezas de ganado vacuno, los cuales recorrieron más de 100 km, a lo que el 25 de abril de 2009, sufrió la invasión violenta de un grupo de once personas dirigidas por súbditos extranjeros de nacionalidad brasileña, que portaban armas de fuego, quienes por órdenes de Rolin Gonzalo Parada Gutiérrez -ahora demandado-, ingresaron a su propiedad, expulsando a sus trabajadores, destruyendo y quemando el campamento donde vivían, sustrajeron todas las herramientas de trabajo y enseres domésticos que existían, procedieron a abrir una senda con un tractor agrícola y un rodillo, por el interior de los pastizales, introdujeron arbitrariamente aproximadamente doscientas cincuenta cabezas de ganado vacuno, instalaron un campamento en el camino, tumbaron árboles para impedirle su ingreso y el de sus trabajadores a su propiedad, destruyeron su casa llevándose treinta y cinco placas de tejas “DURALIT”, las vigas, horcones, tijeras, listones, veinticinco rollos de alambres y otros bienes.