SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Asimismo refiere que fue bendecido con el nacimiento de su hijo AA, el 30 de septiembre de 2010, habiéndosele otorgado los subsidios de prenatalidad, natalidad y de lactancia, sólo por algunos meses. Sin embargo, el 1 de febrero de 2011, mediante memorándum la autoridad demandada, determinó la cesación de su cargo, al ser funcionario de libre nombramiento, por lo que el 3 del mes y año referido, presentó memorial ante la misma autoridad, solicitando se le otorgue inamovilidad funcionaria, hecho que fue reconocido por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre en el informe legal 296/2011 de 3 de junio, sin que a la fecha de presentación de la acción de amparo constitucional se haya dispuesto esta medida a su favor, razón por la cual acudió en principio a la Jefatura Departamental del Trabajo, y al no haberse presentado la Alcaldesa a la audiencia fijada por esta institución, el 19 de mayo de 2011, se intimó su reincorporación, mediante Conminatoria JDTEPS/CR 23/2011 de 19 de mayo, contra la cual el municipio interpuso recurso jerárquico administrativo.