SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2013
Fecha: 27-Jun-2013
a)
La representante de la accionante ratificó in extenso los términos del memorial de la acción de libertad interpuesta y ampliándola en audiencia señaló que: a) Desde el 6 de febrero de 2013, hasta la fecha de interposición de la presente acción, viene peregrinando para conseguir el mandamiento de desarraigo de la accionante; no obstante, el ahora demandado, pese a la autorización hecha por la autoridad jurisdiccional, se limita a señalar que “no tiene tiempo”, “ya es tarde” o “que el Juez no se encuentra” y no efectúa su tarea, porque realiza actividades ajenas a su trabajo; y, b) El actuario puede argumentar que en razón a que el Juez se encuentra en suplencia legal en la localidad de Villamontes, no puede expedir el mandamiento de desarraigo de Remedios Mamani, pero no es óbice, para que no cumpla con su deber que le fue encomendado y menos para que de manera grosera se niegue a expedir el indicado mandamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR