Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2013-RCA
Fecha: 03-Jul-2013
I.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
La accionante estima vulnerados sus derechos a la defensa, al debido proceso; y a la seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- 1) Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- 8) Petición.