AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2013-CA

Fecha: 01-Jul-2013

resolución no judicial

El art. 72 del CPCo, refiere que las acciones tienen por “…objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial…”; sin embargo, el accionante denuncia como inconstitucional un Auto de Vista que a todas luces es una Resolución emitida por una autoridad judicial, lo que impide a éste Tribunal realizar un análisis de fondo en el presente caso.