AUTO CONSTITUCIONAL 0236/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
Fragmento 1
En consulta la Resolución de 31 de mayo de 2013, cursante de fs. 286 a 288, pronunciada por el Director Ejecutivo Regional a.i. de la Autoridad de Impugnación Tributaria de Cochabamba, por la que, admitió promover la solicitud acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Carmen Gioia Unzueta Gualterio en representación de Ever Calle Soto, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 153, 154, 155, 156 y 157 de la Ley General de Aduanas (LGA), parte final del art. 1 de la Ley 317 de 11 de diciembre de 2012 denominada Ley de Presupuesto General del Estado gestión 2013, por presuntamente vulnerar los arts. 8.I y II, 13.I, 14.II, 75.2, 109.I y “2”, 115.II, 119.II, 120.I, 123, 172.II, 178.I, 180.II, 232 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).