AUTO CONSTITUCIONAL 0239/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
a)
Se corrió el traslado del incidente de inconstitucionalidad, mediante proveído de 27 de marzo de 2013 (fs. 14); Mario Gonzalo Solares Sánchez, “Gerente de la Sucursal” del Banco Nacional de Bolivia (BNB), por memorial presentado el 26 de abril de similar año (fs. 16 a 17 vta.), respondió pidiendo sea rechazada la acción, manifestando que: a) El memorial se asemeja más a una acción de amparo constitucional, pues demanda una serie de violaciones de derechos al debido proceso, a la defensa, y varios preceptos del Código de Procedimiento Civil, con el argumento de que se le estaría negando el derecho a la impugnación, por lo cual pide la nulidad del Auto de Vista de 9 de diciembre de 2012, contraviniendo el art. 110 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP); y, b) No explica la directa relación o vinculación con algún derecho lesionado, ni hace referencia al precepto constitucional infringido, pues no existe una ley o precepto denunciado; por tanto, no puede haber norma constitucional violada. Asimismo, no hizo una debida fundamentación respecto de las incidencias, pues al no acatar ni una norma no existe la forma de fundamentar cómo vulneró los artículos constitucionales.