AUTO CONSTITUCIONAL 0239/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
no judicial
En el caso que se analiza, se solicitó se declare la nulidad del Auto de Vista cuestionado, ante la existencia de supuestos graves vicios procesales que vulneran sus derechos constitucionales; sin embargo, al constituir ese fallo una Resolución judicial, el caso analizado no se encuentra comprendido dentro del alcance de los arts. 72 y 73.2 del citado Código, pues la acción de constitucionalidad concreta tiene por objeto declarar la inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial.
En ese sentido, en un caso similar este Tribunal se pronunció a través del AC 0794/2012-CA de 10 de octubre, señalando que: “…incumpliendo con la condición de admisión prevista en el art. 79 de ese cuerpo legal, referido a formular este incidente de inconstitucionalidad contra una norma, constituyéndose el Auto de Vista impugnado, una resolución judicial y no una disposición que forma parte del ordenamiento jurídico nacional…”.