Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0259/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
4°
4° Por Secretaría General, hágase llegar una severa llamada de atención a Armando Sossa Rivera, Administrador de Aduana a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional, porque no efectuó correctamente el procedimiento, sin remitir oportunamente la presente acción junto con los actuados procesales pertinentes, así como el uso de la terminología correcta dispuesta en los arts. 79 y 80 del CPCo.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- no ha lugar
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2º ADMITIR
- 4°