AUTO CONSTITUCIONAL 0287/2013-CA
Fecha: 10-Jul-2013
II.3. Análisis del caso concreto
Se constata que en la presente acción, se demanda la inconstitucionalidad del art. 45 del Estatuto del Jugador - Anexo III del Reglamento de la Ley del Deporte aprobado por DS 27779; ahora bien, de la revisión del memorial formulado, se desprende que la misma se sustenta con una debida fundamentación jurídico constitucional, destacando la duda razonable con relación a la constitucionalidad de la norma impugnada.
Por otro lado, se advierte que la citada demanda se encuentra en trámite ante la formulación del recurso de apelación (fs. 53 a 54 vta.) que fue interpuesto por los ahora accionantes contra la Resolución 95/2013 (fs. 47 a 49), y que fue corrido en traslado, cumpliendo con la determinación contenida en el art. 81 del CPCo, referente a la oportunidad en la que debe formularse esta acción de inconstitucionalidad, evidenciándose además que el recurso de alzada dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del precepto cuestionado.
Por otro lado, analizados los antecedentes que cursan en obrados, corresponde a la Comisión de Admisión de éste Tribunal, verificar el cumplimiento de los requisitos formales y de contenido previstos en el art. 24.I del indicado Código, con relación a los arts. 26.II y 83.II de la misma norma legal. Consiguientemente se tiene: