La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1144/2013 de 23 de julio, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1144/2013 de 23 de julio, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 23-Jul-2013

6.

6.  Atendiendo a los fundamentos de la presente Resolución y la tutela que otorga la misma, las Empresas o instancias encargadas de la administración de los servicios básicos, quedan prohibidas de interrumpir ya sea de manera temporal o definitiva, el suministro de los mismos, del inmueble ocupado por los ahora accionantes, ubicado en calle Toledo entre Ascarrunz y La Paz.