SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Jaime Bladimir Malala Quiroga, Fiscal de Materia de Guayaramerín, presentó su informe en audiencia en los siguientes términos: se libró dos órdenes de citación de acuerdo a la querella presentada por Jerjes Párraga Salazar, en su condición de Vicepresidente de la CAPAG, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, a este efecto, se libró citación para Hormando Chávez Estívarez, a fin de que asista acompañado de su abogado a la declaración informativa el 31 de octubre de 2011, a horas 10:00, siendo notificado el 28 del mismo mes y año por el investigador asignado al caso y mediante la otra citación -en el mismo sentido- se notificó a José Pedro Pinto Rodríguez para que se presente el mismo día a horas 10:30.

El 31 de octubre de 2011, según el cargo de recepción a horas 9:10, la auxiliar del despacho recepcionó memorial de Hormando Chávez Estívarez, solicitando la suspensión de la audiencia hasta que el Juez de Instrucción Mixto de Guayaramerín, resuelva los incidentes presentados, en este sentido, manifiesta que la presentación de una excepción o incidente no detiene la investigación, no siendo una causal para la suspensión de una declaración informativa. Respecto a la preferencia o parcialización, mencionó que no se indica hacia cuál de las partes existe esa parcialización.

En ese sentido, se rechazó “el memorial de suspensión de audiencia y el segundo memorial de las 12 y 15” (sic) por ser totalmente contradictorios, por lo que se emitió la orden de aprehensión, por la inasistencia a la hora indicada y segundo, porque habrían solicitado suspensión de audiencia, sin ningún justificativo legal y valedero.

El 3 de noviembre de 2011, fue notificado con el decreto del Juez Primero de Instrucción Mixto de Guayamerín, el cual indica que al expedir mandamiento de aprehensión pone en zozobra al querellado, por lo que fue conminado a fijar nuevo día y hora de audiencia de declaración informativa, en este entendido y al encontrase bajo un control jurisdiccional se dejó sin efecto el mandamiento de aprehensión y se fijó nueva audiencia para el 11 de noviembre de 2011, a horas 17:00, motivo por el cual, solicitó el rechazo del “recurso” planteado, ya que no se ha violentado o transgredido los derechos del accionante.