AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2013-RCA

Fecha: 07-Ago-2013

improcedencia “in limine”

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Resolución 66/2013 de 5 de julio, cursante de fs. 127 y vta., declaró la improcedencia “in limine” de la acción de amparo constitucional interpuesta, fundamentando que: El accionante incurrió en la causal de improcedencia prevista en los arts. 129.I de la CPE y 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo); toda vez que, no utilizó los recursos que concede la ley, como el recurso jerárquico contemplado en el art. 219 de la Ley 3092, evidenciándose por tanto que no agotó la vía administrativa. De igual manera, tampoco demostró o justificó que la protección de los derechos reclamados como lesionados, pudiendo resultar tardía o que cause el inminente daño irreparable de los derechos no tutelados.