AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2013-RCA

Fecha: 21-Ago-2013

Fragmento 3

La Jueza Segunda de Partido Mixta Liquidadora y de Sentencia Penal de Camiri del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 220/2013 de 30 de julio, cursante de fs. 69 a 70 declaró, “improcedente” in limine la acción de amparo constitucional; por considerar que el accionante no hizo uso de un medio legal por el que podría modificar la tramitación del Recurso de Reposición que se encuentra contemplado en el art. 215 Código Procedimiento Civil (CPC), indicando que el accionante interpuso recurso de casación contra la Sentencia emitida por el Juez Agroambiental; por lo que, no cumple con el carácter subsidiario de la acción de amparo.