AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2013-CA

Fecha: 27-Ago-2013

Fragmento 1

En consulta la Resolución Ministerial (RM) 549/13 de 13 de agosto de 2013, cursante de fs. 35 a 39, pronunciada por el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Luis Villarroel Centellas, Jaime Onofre, Hugo Condori Torrico, Franklin Torrico Cusicanqui y José Sánchez Gonzáles, respectivamente Secretarios Ejecutivo, de Conflictos, de Organización y de Defensa Sindical, todos de la Central Obrera Departamental (COD) de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 4, 5 y 6 del Decreto Ley (DL) 7171 de 17 de mayo de 1965 y 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del DL 7172 de 18 de mayo de 1965, por ser presuntamente contrarios a los arts. 11, 12.I y III, 13.I, 14.II, 26.I, 51.II, III y VI, 119, 241, 242 y 410.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 inc. a) del Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”; 8.3 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y, 3.2 y 8.2 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).