REVOCAR en parte
La SCP 1099/2013-L, determinó REVOCAR en parte la Resolución de 13 de enero de 2012, cursante de fs. 149 a 153, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en cuanto al derecho a la estabilidad laboral y seguridad social, con relación a los incs. a) y b) del petitorio; y, DENEGAR en cuanto al derecho al fuero sindical.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCAR en parte
- Fragmento 3
- II.1. La estabilidad laboral como derecho fundamental
- Fragmento 5
- 1)En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo;
- la aplicación de la indicada jurisprudencia constitucional no puede ser mecánica
- II.3.
- entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional,
- CONFIRMAR
