SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

III.3. Análisis del caso concreto

De acuerdo a la problemática planteada, el accionante denunció el incumplimiento y la omisión incurrida por el Juez Primero de Instrucción Mixto, debido a que por Auto de 14 de diciembre de 2011, revocó las medidas sustitutivas a su favor y dispuso su detención preventiva, el mismo que apeló al día siguiente; en esa circunstancia, se tiene que la autoridad demandada, no remitió a la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni dicha apelación, por lo cual arguyó la lesión de su derecho a la libertad física y de locomoción, provocada por la dilación que originó el procesamiento indebido que acusa.

Por cuanto, la omisión de la autoridad demandada, en la remisión del precitado Auto que revoco las medidas sustitutivas y repuso la detención preventiva, efectuada el 15 de diciembre de 2011, limitó la pretensión del accionante, su acceso a la vía de los recursos procesales; y por tanto, la revisión y consideración de la autoridad jurisdiccional superior en grado que podría examinar la decisión que afectó su derecho a la libertad al haber sido modificadas las medidas cautelares que le fueron concedidas previamente, impidiendo su derecho legítimo a una segunda instancia de acuerdo a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional; retraso que pese a ser atribuido a la excesiva carga procesal y al incumplimiento de funciones de la Secretaria del Juzgado según manifestó el Juez de la causa en la audiencia, confirmó dicha omisión de remisión dentro del plazo de veinticuatro horas establecido por el art. 251 del CPP.