Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 1116/2013-L de 30 de agosto
Fecha: 30-Ago-2013
I. ANTECEDENTES
Dentro del plazo previsto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), la suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1116/2013-L de 30 de agosto, que resolvió que la -segunda- acción de amparo incumplió el principio de inmediatez; toda vez, que el acto lesivo consistente en el Auto de Vista de 1 de febrero de 2011, se notificó al accionante el 15 del mismo mes y año; y, debido a que ésta se presentó el 26 de agosto de 2011, concluyó que se encuentran precluidos sus derechos para demandar la tutela constitucional, por inactividad en el tiempo.