Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1288/2013
Fecha: 02-Ago-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Indica que, la autoridad demandada no ha considerado su estado de gestación y la inamovilidad funcionaria, por lo cual acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo del Beni, derivando en que esta instancia estatal emita la Conminatoria 018/2013 JDTEPS-BENI, la cual no fue acatada por la Directora del SEDEGES, omitiendo dar cumplimiento al Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.3.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.Sobre la inamovilidad de los progenitores de niños menores de un año y su reincorporación laboral
- III.2.1. Jurisprudencia aplicable
- III.3. Análisis del caso concreto