Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2013-ECA
Fecha: 06-Sep-2013
a)
Por memorial presentado el 12 de agosto de 2013, el accionante refiere que, si bien la SCP 0989/2013, recupera la esencia de la acción de libertad, mas esta no la aplica, sino simplemente respecto a la dilación que afecta el debido proceso, con ello el Tribunal de garantías y el mismo Tribunal Constitucional Plurinacional, se circunscriben a definir la forma y no el fondo, solicitando se agregue lo siguiente: a) Se complemente el análisis del caso solicitado, se remita todos los antecedentes y sobre la base del mismo, se disponga su libertad; y, b) “La parte resolutiva hace referencia a una revocatoria en parte, el cual no está manifiesto en la Sentencia...” (sic).